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Departamento De Vehículos Motorizados De California

Cómo llevar a cabo una venta de vehículos con gravamen para un vehículo almacenado en una instalación de autoservicio o valorado en más de US$4000


Cómo solicitar autorización para llevar a cabo una venta de vehículos con gravamen

Según las disposiciones de la sección 3071 del Código Civil, debe solicitar al departamento la autorización para llevar a cabo una venta de vehículos con gravamen. La cuota de autorización de US$5 debe acompañar su solicitud. El embargador puede recuperar esta cuota de la siguiente forma:

  • Del comprador al momento de la venta con gravamen. O
  • Del deudor si el vehículo se recupera.

Su solicitud de autorización debe contener el número de identificación del vehículo. Si no puede encontrar el número, puede solicitar una inspección del vehículo a un agente de policía, verificador autorizado de vehículos o empleado autorizado del DMV.

Limitación de gravamen de almacenaje

El período de tiempo del gravamen de almacenaje no puede exceder los 60 días, a menos que se presente una solicitud de autorización para llevar a cabo la venta de vehículos con gravamen dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se presentó el gravamen y puede ser por un período no mayor de 120 días. Se aplican otros gravámenes por remolque o servicios contratados (como reparaciones mecánicas) sin importar el período concedido. Cualquier vehículo que se almacene en una instalación de autoalmacenaje por el que se incurrió en un gravamen, deberá venderse conforme las disposiciones de la sección 3071 del Código Civil.

Notificación de su solicitud

Cuando el DMV recibe una solicitud para llevar a cabo una venta de vehículos con gravamen de un vehículo valorado en US$4,000 ó más, el departamento deberá notificar:

  • a los propietarios registrados y legales y a cualquier parte interesada a través de correo certificado O
  • al expediente de vehículos foráneos, si el vehículo posee matrícula de otro estado.

Autorización para llevar a cabo la venta de vehículos con gravamen

Debe esperar la autorización del DMV antes de proceder con el proceso de venta de vehículos con gravamen. Conceda de 30 a 35 días para recibir la autorización.

¿Puede alguien oponerse a la venta de vehículos con gravamen?

Cualquier persona que tenga interés en el vehículo puede declarar oposición a la venta. El DMV le notificará si se presenta una declaración de oposición y si la venta se cancela. Después, puede garantizar su gravamen:

  • a través de procedimiento legal. La notificación puede hacerse por el correo certificado o personalmente por medio de un alguacil, oficial de policía o notificador certificado (el secretario del condado de los condados respectivos autoriza los notificadores certificados). Esto debe realizarse dentro de los 30 días a partir de la fecha de la carta de denegación. O
  • al obtener una renuncia de interés firmada por la(s) persona(s) que declaró (declararon) la oposición. O
  • al presentar un aviso de notificación sin éxito al DMV, cuando no puede notificarse a la persona que se opone a la venta. Se requiere evidencia de notificación sin éxito

Cuando el DMV recibe uno de los documentos que se enumeran abajo, éste enviará una autorización para continuar con la venta y notificará a la persona que se opuso a la venta de la autorización.

Cómo llevar a cabo una venta de vehículos con gravamen

  1. Veinte (20) días antes de la fecha de la venta, debe notificar por correo certificado, con devolución de aviso de recepción, a cada uno de los siguientes:
    • propietario legal, si existe alguno,
    • el propietario registrado,
    • cualquier parte interesada y
    • DMV, Lien Sale Unit, P.O. Bx 932317, Sacramento, CA 94232-3170.
  2. Al menos cinco (5) días, pero no más de veinte (20) días antes de la venta (sin contar la fecha de la venta), debe dar aviso de la venta anunciándola durante un día en un periódico de circulación general en el condado donde se ubica el vehículo. Si no se publica un periódico en el condado, el anuncio debe hacerse al colocar un Aviso de venta:
    • en tres (3) de los lugares más públicos de la ciudad donde se encuentra el vehículo y
    • en el lugar donde se venderá el vehículo durante diez (10) días consecutivos previos a la venta, incluyendo el día en que se lleve a cabo la misma.
  3. Todos los semáforo especificarán la marca, el año del modelo, el número de identificación del vehículo, el número de placa y el estado de la matrícula, si están disponibles. Para las motocicletas, también debe especificarse el número de motor. Además, debe incluirse la fecha específica, la hora exacta y el lugar de venta. Para obtener información más específica sobre el gravamen, consulte las secciones 3068 y 3068.1 del Código Civil.
  4. El vehículo debe estar disponible para inspección en un lugar de fácil acceso al público, al menos una hora antes de la venta y debe ser en el lugar donde se realizará la misma a la hora y fecha que se especifican en el aviso de venta. No se aceptarán ofertas cerradas.Si el precio de subasta excede la cantidad del gravamen, la cantidad adicional debe enviarse a la Unidad de ventas de vehículos con gravamen dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la venta.
  5. Después de la venta, debe otorgarse un período de redención de diez (10) días (sin contar la fecha de la venta) antes que el comprador tome posesión del vehículo y solicite el traspaso de propiedad.
  6. Se requiere que conserve el vehículo durante un período de redención de 10 días. Después de dicho período, debe entregar al comprador:
    • Certificación de venta de vehículos con gravamen (formulario REG 168) llenada y firmada por usted.
    • Una copia de la carta de autorización del DMV para llevar a cabo la venta.
    • Recibos postales de los semáforo que envió.

¿Qué sucede si ninguna persona presenta una oferta que califique para el vehículo?

Llene el Certificado de venta de vehículos con gravamen (formulario REG 168) indicando que usted es el comprador (nuevo propietario), así como el vendedor. Si vende el vehículo después de la venta de vehículos con gravamen donde usted fue el comprador, deberá proporcionar una factura de venta al comprador además de los documentos que se enumeran para matricular el vehículo. Vea la nota en la siguiente sección referente al pago de las cuotas.

Cómo matricular el vehículo

Se requieren los siguientes documentos para matricular un vehículo vendido en una venta de vehículos con gravamen:

  • Solicitud de matrícula (formulario REG 343) llenada y firmada por el nuevo propietario.
  • Verificación del vehículo (formulario REG 343), si no existe un expediente de la matrícula de California.
  • Certificado de inspección de contaminación ambiental, si aplica.
  • Matrícula aplicable y/o cuotas de traspaso e impuesto sobre uso.
  • Formulario de traspaso de vehículo/embarcación - Para los vehículos con menos de 10 años de antigüedad, se requiere una Declaración de revelación del odómetro (formulario REG 262).

Siempre necesitará...

  • Solicitud de autorización para la venta de vehículos con gravamen (formulario REG 656).
  • Certificación de venta de vehículos con gravamen (formulario REG 168).
  • Solicitud de matrícula (formulario REG 343).
  • Aviso de venta (formulario REG 280).
  • Carta de autorización del DMV para llevar a cabo la venta de vehículos con gravamen (REG 338).
  • Recibos postales de los semáforo que envió.
  • Cuotas

    También puede necesitar...

  • Verificación del vehículo (formulario REG 343).
  • Aviso de notificación sin exito de la corte (formulario REG 659).
  • Formulario de traspaso de vehículo/embarcación - Declaración de revelación del odómetro (formulario REG 262).
  • Certificado de inspección de contaminación ambiental (smog).
  • Una renuncia de interés del oponente (REG 658).
  • Factura(s) de venta

  • NOTA: Muchas veces el vehículo que se ve implicado en una venta de vehículos con gravamen no cuenta con matrícula actual. Si la matrícula del vehículo se venció mientras estaba en su posesión, el nuevo propietario tiene 20 días a partir de la fecha de la venta para pagar las cuotas de la matrícula sin recargos o para presentar una certificación de Plan de no operar. En otros casos, el comprador puede estar sujeto al pago de cuotas por matrícula y recargos. El embargador debe informar al comprador por escrito de cualquier cuota que se requiera para matricular el vehículo.

    La mayoría de vehículos requieren una inspección de contaminación ambiental al momento del traspaso. Si se aplica, proporcione dicho certificado al comprador.

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