Información sobre la inspección de contaminación ambiental
Las inspecciones de la contaminación ambiental se exigen para todos los vehículos, excepto para vehículos diesel, eléctricos, vehículos de más de 14,000 libras. impulsados por gas natural, híbridos, motocicletas, remolques o vehículos modelo del año 1975 o de más antigüedad.
Se exige que los vehículos matriculados en áreas sujetas al programa de certificación bienal de contaminación ambiental presenten prueba de la certificación de contaminación ambiental cada dos períodos de renovación. Los dueños de vehículos de modelos de seis años o menos de antigüedad harán un pago por reducción de la contaminación ambiental anual los primeros seis años que deban matricularse en lugar de tener que proporcionar una certificación bienal de contaminación ambiental. El aviso de renovación de matrícula que le envía el departamento indicará si se exige una certificación de la contaminación ambiental. Si se exige la certificación y usted aún no ha hecho la inspección, todavía puede pagar su matrícula para evitar recargos por atraso. Sin embargo, no recibirá su tarjeta nueva de matrícula o la calcomanía del año hasta que el DMV haya recibido la información referente a la certificación de contaminación ambiental.
NOTA: Se exige una certificación de contaminación ambiental con la matrícula inicial de vehículos no residentes o de construcción especial modelo del año 1976 o más nuevos. La regla de los seis años de antigüedad o menos no se aplica a estos vehículos.
Cuando traspase un vehículo de cuatro años de antigüedad o menos no se exige una certificación de contaminación ambiental. Al nuevo dueño se le cobrará una cuota por traspaso de la certificación de contaminación ambiental. Cuando un vehículo es un modelo de más de cuatro años de antigüedad, el vendedor debe proporcionar una prueba actual de certificación de contaminación ambiental excepto en uno de los siguientes casos:
- El traspaso ocurre entre cónyuges, hermanos, hijos, padres, abuelos o nietos.
- La certificación bienal de contaminación ambiental se presentó al DMV dentro de los 90 días previos a la fecha de traspaso del vehículo (puede exigirse un informe de inspección del vehículo como prueba de certificación).
Las certificaciones de contaminación ambiental tienen vigencia de 90 días a partir de la fecha de emisión.
¿Califica mi vehículo para para ser exonerado de la inspección de contaminación ambiental (smog)?
Se exigen las inspecciones de contaminación ambiental a menos que su vehículo sea:
- Híbrido
- Modelo de 1975 o más antiguo
- Impulsado por diesel
- Eléctrico
- Impulsado por gas natural y tenga una clasificación de peso bruto de vehículo de 14,001 libras o más
- Motocicleta
- Remolque
Cuando se vende un vehículo, ¿quién es el responsable de hacer la inspección?
Se exige que el vendedor proporcione al comprador una certificación de inspección de contaminación ambiental válida en el momento de la venta o traspaso. Las certificaciones de contaminación ambiental son válidas por 90 días a partir de la fecha de emisión.
No se exige la inspección para un traspaso si la certificación bienal de la contaminación ambiental se presentó al DMV dentro de los 90 días previos a la fecha de traspaso del vehículo (puede exigirse un informe de inspección del vehículo como prueba de la certificación).
Nota: No se exigen certificaciones de contaminación ambiental para traspasos de cualquier vehículo motorizado que sea modelo de cuatro años de antigüedad o menos. Al nuevo dueño se le cobrará un pago por traspaso de certificación de contaminación ambiental.
¿Qué sucede si mi vehículo no pasa la inspección?
El DMV no puede proporcionar información técnica ni consejo al respecto. Le recomendamos que llame al Departamento de Oficina de Reparaciones Automotrices (BAR, por sus siglas en inglés) al número telefónico gratuito 800-952-5210. Usted podría ser elegible para participar en el Programa de Retiro Acelerado Voluntario de Vehículos (también conocido como programa de compra de vehículos viejos).
| Alameda | Butte | Colusa | Contra Costa | Fresno |
| Glenn | Kern | Kings | Los Ángeles | Madera |
| Marín | Merced | Monterey | Napa | Nevada |
| Orange | Sacramento | San Benito | San Francisco | San Joaquín |
| San Luis Obispo | San Mateo | Santa Bárbara | Santa Clara | Santa Cruz |
| Shasta | Solano | Stanislaus | Sutter | Tehama |
| Tulare | Ventura | Yolo | Yuba |
Existen seis condados que exigen certificaciones de contaminación ambiental únicamente dentro de ciertos códigos postales. Estos condados son:
El Dorado, Placer, Riverside, San Bernardino, San Diego y Sonoma.
Siga este enlace para determinar qué códigos postales se incluyen.
¿Hay alguna exoneración de la inspección de contaminación ambiental para personal militar?
No, se exige una certificación de inspección de contaminación ambiental.
Mi vehículo es nuevo. ¿Debo aún hacerle una inspección de contaminación ambiental cada dos años?
Se exige que los vehículos matriculados en áreas sujetas al programa de certificación bienal de contaminación ambiental presenten prueba de la certificación de contaminación ambiental cada dos períodos de renovación. A partir del 1ero. de enero de 2005, los dueños de vehículos de modelos de seis años o menos de antigüedad harán un pago por reducción de contaminación ambiental anual los primeros seis años que deban matricularse en lugar de tener que proporcionar una certificación bienal de la contaminación ambiental. El aviso de renovación de matrícula que le envía el departamento indicará si se exige una certificación de contaminación ambiental. Si se exige la certificación y usted aún no ha hecho la inspección, todavía puede hacer su pago de matrícula para evitar recargos por atraso. Sin embargo, no recibirá su nueva tarjeta de matrícula o la calcomanía del año hasta que el DMV haya recibido la información referente a la certificación de contaminación ambiental.
NOTA: Se exige una certificación de contaminación ambiental con la matrícula inicial de vehículos no residentes o de construcción especial modelo del año1976 o más nuevos. La regla de los seis años de antigüedad o menos no se aplica a estos vehículos.
Los condados que exigen certificación bienal de contaminación ambiental son citados anteriormente.
Si usted obtuvo un vehículo que está actualmente matriculado en California de parte de un/a cónyuge, pareja doméstica, hermano/a, hijo/a, padre, abuelo/a o nieto/a, tiene derecho a una exención de la inspección de contaminación ambiental. Otros miembros de la familia o parientes no están exentos y es necesario que obtengan una certificación de inspección de contaminación ambiental.
Para obtener más información, lea la publicación titulada "Traspaso de vehículos entre miembros de la familia".


